EN NUESTRA
IDENTIDAD ORIGINARIA
Es bueno recordar que cuando se organizó nuestro
país, en Argentina aún se estaba en guerra con los habitantes originarios de
estas tierras.
La política entonces era, civilización o barbarie
(de exterminio liso y llano implementado por presidente Roca), de avanzar sobre
nuestros pueblos, la población blanca que venía de Europa (política
inmigratoria de Alberdi explicitada claramente en su libro de bases) que recogieron los constituyentes en el artículo 25 cuando dice que: El
gobierno en general fomentaba la inmigración europea.
Entonces; Europa era civilización y todo lo
que venía de los pueblos indígenas era barbarie, desconociendo la cultura, la cosmovisión diferente de los nativos de América. Era una política de imponer la cultura de afuera
por la fuerza.
La educación pretendía la conversión al
catolicismo, notemos la desigualdad jurídica hacia los indígenas en la
constitución de 1853 según el Artículo 20. Los
extranjeros pueden... Ejercer libremente su culto… Mientras que los
aborígenes de Argentina deberían ser convertidos al catolicismo...
Obviamente, los tiempos han cambiado, los
pueblos originarios de este país han conservado sus pautas culturales, sus
lenguas, sus formas de organización, su religiosidad, su cosmovisión, su identidad, así como el
sentido de pertenencia a cada pueblo.
Sin embargo muchos miembros de comunidades
han renunciado a sus costumbres y tradiciones, se han integrado o asimilado,
perdiendo su identidad, emigrando a grandes ciudades como mano de obra barata.
Al perder su identidad, han perdido su potencial, el país ha perdido un gran
valioso aporte, de hecho, los que
no perdieron conciencia indígena, o
quienes recuperaron hoy se organizan, a
revitalizar su ser, se revalorizan
culturalmente y ejercen una plena participación en el quehacer nacional.
Los habitantes de los pueblos originarios han
sido tradicionalmente discriminados como seres inferiores, producto de la
educación y la política inmigratoria de Alberdi.
El día 10 de agosto del año 1994 bajo al
recinto del congreso, surge un texto que
dice reconocer la preexistencia étnica y
cultural de los pueblos indígenas Argentinos y garantizar el respeto a su
identidad y el derecho a una educación bilingüe e Inter.-cultural, reconocer la
personería jurídica de sus comunidades y la posesión de sus propiedades comunitarias de las tierras que
tradicionalmente ocupan.
Entonces; El estado reconoce la existencia
étnica y cultural de los pueblos indígenas Argentinos y a la vez garantiza el
respeto a su identidad. En consecuencia; el reconocimiento de los pueblos
indígenas como tales tiene que ver con su identidad, su cultura, su cosmovisión.
Esto significa que el estado Argentino deberá efectivamente garantizar el
respeto a su identidad cultural de nuestros pueblos originarios. El sólo hecho
de reconocer está aceptando la negación anterior sobre la situación de los
indígenas.
Justamente, lo que ha pasado en estos 518
años desde la llegada del conquistador / invasor a América del sur, ha sido esa
falta de respeto y falta a la dignidad del habitante de estos territorios, esa
invasión fue la destrucción de nuestras culturas, entendiendo por cultura, todo
el producto de un pueblo, en este caso la pluralidad de los pueblos que habitaban.
Quienes se precian de ser indígenas, debemos
de saber que: Toda aquella manifestación nacida de nuestra espiritualidad,
imaginación y creatividad con el fin de relacionarnos con la naturaleza y entre
nosotros mismos la cultura incluye así elementos materiales como instrumentos
de trabajo, vivienda, destinando a la
elaboración de alimentos, idioma, religión,. El valor de nuestras
culturas ha sido ocultado y desconocido por algunos grupos de poder dentro del
ámbito universal de las culturas. A nuestra medicina la consideran brujería, a
nuestra religión superstición, a nuestra historia mito, a nuestro arte por
folklore, a nuestros idiomas, dialectos,
etc.
Pero
por qué es importante esta garantía constitucional? Si perdemos nuestra
cultura, nuestra identidad, iremos desapareciendo, no físicamente, pero sí en
lo más profundo de nuestro ser.
Si el estado no nos garantiza desde la
constitución este derecho, estaríamos condenados a la desaparición, ya que se
consumaría el etnocidio o genocidio
cultural. Que se empezó en Argentina
cuando se organizó el país y se sancionó la primera constitución 1853.
Debemos reconocer y proteger, los valores y
prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos
pueblos que quizás debamos contribuir para que el mundo se dé cuenta de nosotros, los pueblos indígenas, somos los
que naturalmente cuidamos la tierra y marcamos el rumbo a seguir en el planeta
por nuestra propia cosmovisión del mundo.
Extracto resumen
de texto de la conferencia 76
República
Argentina ley 24,071 Ratificatoria del convenio 169 sobre pueblos indígenas y
tribales en países independientes.
La 76 conferencia de la organización
internacional del trabajo. OIT
Recordando los
términos de la declaración universal de derechos humanos, del pacto
internacional de derechos económicos, sociales culturales, del pacto
internacional de derechos civiles y políticos, y de los numerosos instrumentos
internacionales sobre prevención de la discriminación.
Reconociendo las
aspiraciones de estos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones, formas de vida, de su
desarrollo económico, mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y
religiones; dentro del marco de los Estados en que viven.
A los pueblos en
países independientes, consideradas indígenas por el hecho de descender de
poblaciones que habitan en el país o en una región geográfica a la que
pertenece el país en la época de la conquista o la colonización por el
establecimiento de las actuales fronteras estatales y que cualquiera que sea su
situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales,
económicas, culturales y políticas de los "pueblos".
Ángel Quispe Lima