LA HOJA DE COCA
PATRIMONIO CULTURAL
INDOAMERICANO
“El coqueo en
Argentina”
Muchos
aún no saben que existe una ley
que permite el coqueo, porque
continuamente se escuchan quejas de nuestra gente del norte, Bolivia y de Perú.
Pues
la policía les confisca la hoja de coca de consumo personal.
Cuando salen de salta o de Jujuy,
muchos son detenidos o acusados o sospechosos de tener relaciones con el narcotráfico
o de ser drogadictos.
Por lo tanto es necesario que nuestros
hermanos se informen que existe una ley que permite el coqueo en
todo el ámbito nacional.
En realidad no existe una ley especial solamente para el coqueo. Lo que sí
existe es la ley de represión y lucha
contra el narcotráfico Nº 23.737,
aprobada el 21/9/89 por el senado
de la nación, donde en su artículo 15
permite el coqueo.
Para obtener el Art. 15 hubo previamente un
gran debate en Marzo del 1989, ya que el dictamen de legislación penal y
drogadicción, presidida por Lorenzo Cortese
y Eugenio Lestelle, establecía la penalización del coqueo.
La falta de conocimiento de la relación
que existe entre la cultura regional del norte de la Argentina, de la Cultura Incaica y del Altiplano de Bolivia, Perú, Ecuador y
el norte de Chile. (Que era toda la
Nación del Tawantinsuyo, que en Quechua significa: cuatro Estados,
hijos del sol en desarrollo), hizo que se
entrara en un debate entre los diputados norteños que defendían la
cultura Incaica y los diputados del resto del País.
A este debate de los diputados nacionales se sumaron
los de otras provincias, ya que sin distinción de banderas, y por unanimidad,
aprobaron el 21 de marzo una declaración de repudio al dictamen a la mayoría
del proyecto de la ley de estupefacientes que incluía a la hoja de coca como un estupefaciente.
Quienes en principio defendían el libre
coqueo fueron los diputados nacionales de Jujuy, salta y Tucumán, luego, a
medida que los legisladores de otras provincias fueron aceptando y conociendo
nuestras pautas culturales y sus fundamentos, fueron saltando el cerco de la
transculturación. Esto fue un paciente trabajo de los legisladores norteños,
algunos opositores a la aceptación del libre coqueo, querían por ley que no se
les permitiera. Otros, que sí se les permitiera
pero solamente en el Norte, como si fuera otro país.
Uno de los párrafos más interesantes
del debate lo dio el diputado Jujeño Enrique Paz del P.J., con mandato 1987-91 que dijo lo
siguiente:
“Sr. Presidente:
voy a fundamentar mi posición favorable
a la supresión de este Artículo siguiendo el mismo criterio que utilicé durante
mi exposición en la discusión general.
En varias ramas del saber es cierto únicamente lo que es evidente. La
evidencia en el caso especifico de un regionalismo como esta cocamanía, se
logra por dos vertientes, que no son excluyentes sino concurrentes.
En primer lugar debe
comprobarse lo que ya está demostrado, y en segundo lugar debe demostrarse lo
no investigado para que otros puedan comprobarlo. Aceptar sin comprobar lo que sostienen,
quienes están comprometidos con
intereses que no son los nuestros, no sólo es poco serio sino que es
verdaderamente irresponsable.
Se ha efectuado una corrección al Art. Y en ese sentido no podemos tolerar que
autoritariamente a quienes viven en el norte Argentino se nos imponga a vivir
con nuestra cultura en un verdadero gheto o en una reserva indígena como en EE.
UU; donde a los indios se les obliga a vivir
cercados por alambrados, y para salir de allí tienen que ponerse blue jeans
y remeras con inscripciones de universidades y zapatillas deportivas.
Yo me siento un
ciudadano libre en este país y en esta democracia a la que todos queremos.
Quiero llevar mi cultura a donde quiera que vaya dentro del territorio de mi
país. Quiero vivir en libertad y deseo que se respete mi cultura, respetando
también por mi parte la
cultura de quienes viven en otros
extremos de esta patria.
El diputado
Cortese hacía referencia, de una manera muy especial, a que se estaban
preservando los Derechos Humanos y la Libertad de la gente, no creo que ello sea así
cuando se está persiguiendo a quien mantiene una cultura en otros lares de este
país. De la misma manera, nosotros los
jujeños no nos sentiríamos bien si les prohibiésemos escuchar un tango a un
ciudadano de Buenos Aires, basándose de que esta música no forma parte de
nuestro modelo norteño.
Desde
el punto de vista autoritario, es exactamente lo mismo. De ninguna
manera debemos reprimir las culturas regionales, de las que tanto nos llenamos
la boca aplaudiendo a nuestros folkloristas y a nuestra gente de las letras y
las artes. No debemos evitar que tenga
su plena expansión en todo el país. Coincido totalmente con lo expresado por
Sr. Diputado Castela y con la moción que
ha propuesto.
En este sentido solicito una demostración de la solidaridad,
por que así como se la estamos brindando a quienes nos reclaman
internacionalmente que aprobemos este proyecto, nosotros lo exigimos para
nuestros habitantes y nuestra cultura”.
El 30 de marzo de 1989, los diputados
norteños ganaron la batalla. El Art. 15 que permite el libre coqueo en todo el
territorio nacional, queda de la siguiente manera:
“Art. 15. - la tenencia y el consumo de la
hoja de coca en su estado natural, destinada a la práctica del coqueo o
masticación o a su empleo como infusión, No será considerada como tenencia o
consumo de estupefaciente”.
Este triunfo cultural de la América India, se da
por las siguientes razones:
- Porque
en el norte, el coqueo es parte de nuestra vida diaria. coquean
gobernadores, ministros, legisladores, jueces, intendentes,
comisarios, intelectuales, no intelectuales, pobres, ricos, religiosos, no
religiosos, artistas etc.
- Porque
esta ley no perjudica los interese
de quienes manejan la economía provincial, y hasta favorece a estos. Los indígenas a través del coqueo
consiguen un paliativo para su mala alimentación. (La coca no es un
alimento alternativo ni sustitutivo).
- Porque
los diputados norteños hicieron un
trabajo paciente de concientizacíon, casi indianista, ante la
mayoría de los legisladores, para obtener un Art. Que beneficie el
reconocimiento de una pauta Cultural Indígena, como el libre coqueo.
LA HOJA DE COCA
Y LA ESPIRITUALIDAD INDÍGENA
Desde
antes del Imperio de los Incas, luego de los descendientes del Tawantinsuyu. Se realizan ofrendas
ceremoniales a la Pachamama (madre tierra) y al Tata Inti (padre sol).
La Historia, Antropología, Filosofía y otras disciplinas científicas se
encargaron de fundamentar y explicar la
vida espiritual, tradiciones, costumbres y la cultura de los antiguos
pobladores, tanto sociales e individuales que celebraban los sabios y
consejeros; Yatiris.
No
voy a entrar en mayores consideraciones sobre la práctica chamánica de los
antiguos pobladores, pero no podemos dejar de señalar, que dentro de ellas
emplearon también la hoja de coca sagrada, como técnica psicoterapéutica y
método de interpretación de los acontecimientos vivenciales ante diferentes
interrogantes, bajo conceptos muy espirituales y estar vinculados con sus ideas de carácter místico.
Sin embargo; Cualquiera que haya sido la interpretación del Yatiri, éstas ejercían fuerte influencia sobre una persona; el hecho
claro es que, su empleo estaba justificado en muchos casos por la modificación
favorable que ejercía frente a las diferentes
problemáticas Psico/espirituales que realizaba un consultante.
Para
finalizar, debemos aclarar que, en la actualidad, en pleno adelanto científico,
cuando la ciencia tiene respuesta para
todo tipo de interrogantes, todavía se
mantienen las prácticas espirituales más
antiguas, por lo que la sociedad
contemporánea, en algunos casos, los interpreta como hechos relacionados
a la brujería, acrecentando un clima de
confusión y superstición entre la población.
Angel Q. Lima